jueves, 27 de octubre de 2011

Sentencia sobre minería en Crucitas va a Casación en Sala Primera


Abogados ambientalistas esperaban decisión y piden audiencia oral


San José, 26 oct (elpais.cr) - La Sala Primera admitió cuatro recursos de casación a la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA), que mantiene paralizado el proyecto minero de oro a cielo de la transnacional canadiense Infinito Gold.
Poco después del mediodía de este martes, la Sala Primera se pronunció sobre la admisibilidad de los recursos de casación que se presentaron las diversas partes por el caso Crucitas.
La transnacional ha pretendido construir un proyecto minero en Crucitas de San Carlos, a tres kilómetros del fronterizo río San Juan, Nicaragua.
Para el abogado ambientalista, representante de la Unión Norte por la Vida (Unovida), Edgardo Araya, "este etapa la estábamos esperando".
Explicó que este es un asunto de trámite, y la gente no se debe llamar a confusión, porque se abre una etapa de análisis por parte de los magistrados de la Sala Primera, quienes escucharán los alegatos de las partes.
Araya se mostró sorprendido porque la Sala Primera no menciona en el "por tanto" una solicitud de las partes para realizar una audiencia oral.
Tras señalar que los abogados antimineros no han sido notificados, igual que lo informó la transnacional Infinito Gold en su sitio en Facebook, dijo que espera la comunicación oficial para entrar a estudiar el caso.
El 24 de noviembre del año anterior, el Tribunal Contencioso Administrativo le anuló la concesión al proyecto minero al encontrar irregularidad en su obtención, así como en la forma que recibió algunos permisos.
Además, los jueces anularon la concesión y la sentencia derogó el decreto de "Interés Público y Conveniencia Nacional", dictado por el ex presidente Oscar Arias Sánchez, para favorecer dicha actividad minera de oro a cielo abierto, considerada una de las más contaminantes del planeta.
Asimismo, el Tribunal aseguró que la empresa habría cometido fraude de ley en la tramitación de los permisos, con la ayuda de funcionarios de entidades estatales, a quienes el Ministerio Público investiga por sus actuaciones, por recomendación de los jueces.
Por su parte, organizaciones ambientalistas llamaron a los costarricenses "que aman a su patria para que levanten la voz, ya que Costa Rica dijo hace rato NO A LA MINERÍA".
"Queremos pronunciamientos de todos los ambientalistas, organizaciones ciudadanas, académicos, organizaciones sociales y del movimiento popular para demostrar que los costarricenses no apoyamos esa actividad contaminante", indicaron.
La Presidente de la Sala Primera, Anabelle León Feoli, explicó que "de acuerdo con el procedimiento que establece el Código Procesal Contencioso Administrativo, en cuya vigencia emitió la Sala esta sentencia, se les está dando 15 días a todas las partes sobre los recursos planteados, evidentemente en función de los actores porque básicamente son las partes demandadas quienes formularon los recursos".
León Feoli explicó que  esos 15 días hábiles (tres semanas) se computarán a partir del día en que quede notificada la última de las partes.
"Vencido este plazo la Sala Primera contará con 10 días para proceder al dictado de la sentencia.  Esto hace suponer entonces que, salvo que en esa audiencia de votación se presenten algunos factores que vengan a hacer que el plazo de prorrogue, se podría presumir que para la primera quincena de diciembre, el asunto de Crucitas estaría resuelto", afirmó León Feoli en un comunicado de prensa
Entre tanto, el Alto Tribunal de Casación Contencioso Administrativo informó que rechazó por el fondo los reclamos procesales que presentaron seis personas de apellidos Espinoza Valverde, Murillo Marchena, Castro Muñoz, Cavallini Chinchilla, Arredondo Li y Rudín Arias, por considerar que no tenían legitimación suficiente para recurrir.
Por último, los recursos que presentó el Instituto Latinoamericano de Derechos Humanos y Paz Social, también se rechazaron por falta de legitimación.
Por otro lado, el recurso de casación planteado por el Estado, fue admitido en su totalidad.
En el caso de las 11 infracciones que acusó la empresa Industrias Infinito, solo nueve fueron admitidas. De los siete cargos que planteó el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), solo cinco fueron aceptados para estudio.
De ASOCRUCITAS se admitieron dos de los tres supuestos vicios planteados para su estudio.
León Feoli explicó que "a medio día y después de una ardua discusión en diferentes sesiones de votación, logró pronunciarse sobre los nueve recursos de casación que se presentaron en el caso conocido como Crucitas".
Finalmente, la Infinito Gold aseguró que "reiteramos a los y las costarricenses nuestro apego al principio de legalidad y seguridad jurídica. Hemos sido respetuosos del ordenamiento jurídico (normas, leyes, reglamentos y nuestra Constitución Política así como de los Derechos Fundamentales) y lo seguiremos siendo".
El siguiente es el POR TANTO:
Se admite el recurso planteado por el Estado en su totalidad. Parcialmente se admiten los de Industrias Infinito S.A., el Sistema Nacional de Áreas de Conservación y la Asociación Solidarista de Empleados de Industrias Infinito. Del de Industrias Infinito S.A., se rechazan los cargos sustantivos primero y cuarto. De la impugnación del SINAC, se rechazan los motivos "5. Recurso de casación por violación de normas sustantivas, por haberse tenido por demostrados hechos en contradicción con la prueba que consta en el proceso, Artículo 138 inciso b) del CPCA" y "6. Reproches respecto de las condenatorias de reparación del daño ecológico y ambiental". De la última, se rechaza el agravio titulado "SEGUNDO MOTIVO: Beneficios al País a las comunidades aledañas y a los trabajadores. / Principio de Seguridad Jurídica". Se admiten y se deniegan de plano por el fondo los cargos "Casación por violación a normas procesales [...] Dos" del Instituto Latinoamericano de los Derechos Humanos y Paz Social S.A. y todos los agravios procesales planteados en los recursos de Sonia Espinoza Valverde y Eduardo Murillo Marchena, Francisco Castro Muñoz y Cynthia Cavallini Chinchilla, Sandra Arredondo Li y Arnoldo Rudín Arias, los demás reproches se rechazan de plano. Esta admisión se pone en conocimiento de las partes y los coadyuvantes, por el plazo de 15 días. Se declara que el dictado de la sentencia posee una excepcional complejidad por lo que se realizará dentro de los 10 días hábiles contados a partir del vencimiento del traslado que aquí se otorga a todos los sujetos procesales e intervinientes. 



lunes, 24 de octubre de 2011

VIDEO EL TRIUNFO TRAS LA LUCHA VERSION FINAL


Estimados y estimadas
 
En la siguiente dirección encontrará la versión final del video EL TRIUNFO TRAS LA LUCHA, relacionado con la LEY QUE PROHIBE LA MINERIA EN COSTA RICA.  Agradecemos a todos y todas las que subieron la versión anterior, le rogamos cambiarla por esta:
 
Todos los derechos compartidos, le solicitamos darle amplia difusión por las diversas redes. Esperamos también sus reacciones.
 
Un fuerte abrazo.
 

Lic. Marco Tulio Araya Barboza
Periodista
Carné 2171
Tel: (506) 83894322 (Costa Rica)
“… Porque un pueblo desorganizado es una masa con la que se puede jugar, pero un pueblo que se organiza y defiende sus valores, su justicia, es un pueblo que se hace respetar”
Monseñor Oscar Arnulfo Romero, Homilía del 2 de marzo de 1980

viernes, 14 de octubre de 2011

VIDEO: EL TRIUNFO TRAS LA LUCHA Costa Rica


Estimadas y estimados
 
Me da muchísimo gusto enviarles la última versión del documental El triunfo tras la lucha, que forma parte de una serie de materiales para visibilizar las acciones que llevaron a prohibir la minería metálica en Costa Rica.   http://www.youtube.com/watch?v=QTC_9CiB8rc
Un segundo video será enviado pronto titulado El camino legal, que muestra la negociación política que se dio en Costa Rica para que se aprobara por unanimidad esta ley.  Aparte de estos dos videos, hemos preparado un CD con interesantes documentos y las entrevistas completas tanto escritas como en audio.   Esta serie multimedial estará disponible en un estuche que contendrá un DVD y un CD.  Si ustedes quieren copia de este material, favor escribir a marcoaraba@gmail.com y con gusto le haremos llegar el estuche. 
 
Si ustedes quieren organizar una presentación en sus países sería genial, solo nos comunican para desde todas las redes sociales apoyarles y coordinar. 
 
Pronto los otros materiales.
 
El Link para ver el video es el siguiente.   Estamos preparando una versión con mayor calidad para subirlo a Youtube, les enviaremos pronto la dirección.
 
 

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Lic. Marco Tulio Araya Barboza
Periodista
Carné 2171
Tel: (506) 83894322 (Costa Rica)
“… Porque un pueblo desorganizado es una masa con la que se puede jugar, pero un pueblo que se organiza y defiende sus valores, su justicia, es un pueblo que se hace respetar”
Monseñor Oscar Arnulfo Romero, Homilía del 2 de marzo de 1980

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas

Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

  • Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias.
  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
  • Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales.
  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
  • Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices.
  • Denunciamos los planes nucleares que se fomentan desde el gobierno y enriquecen a los empresarios mineros que desarrollan emprendimientos mineros radiactivos.
  • Reclamamos expresa "Licencia Social" y participación ciudadana real y efectiva previas a los procesos de autorización de actividades mineras.

¡Sí a la vida y a la dignidad! ¡No al saqueo, destrucción y contaminación!

¡Sumá aquí tu firma a este reclamo!